CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO A TÉRMINO FIJO
Nombre del empleador: DISTRI-MUEBLES LA RIOJA S.A
Representante legal: JOHANA POVEDA PERILLA
Nombre del
empleado: FREDY FERNANDO CARO PULIDO
Identificada
con cédula n°: 21.175.830 DE SOGAMOSO
Lugar de
residencia: Calle 23 No. 22-29 Barrio: La rosita 1 Villavicencio
Teléfonos n°: 321-315-3595
Cargo a
desempeñar: COORDINADOR
DE VENTAS
Salario: $1.000.000 PESOS COLOMBIANOS
Siendo
las 3:30 pm del día 07 de septiembre del año 2014, reunidos dentro de las
instalaciones de la empresa Distri-muebles la Rioja S.A, estando presente ambas
partes interesadas: el empleador y trabajador, los dos mayores de edad,
identificadas como ya se anotó, acuerdan celebrar el presente CONTRATO
INDIVIDUAL DE TRABAJO A TÉRMINO FIJO,
regido por las siguientes cláusulas:
PRIMERA:
lugar
de trabajo: El trabajador Fredy Fernando caro pulido desarrollará sus
funciones dentro de las instalaciones de
la empresa Distri-muebles la Rioja S.A., la cual queda ubicada en la
calle 25 A n. 27-42 barrio el bambú, Cualquier modificación del lugar de
trabajo, que signifique cambio de ciudad, se hará conforme al Código Sustantivo
de Trabajo.
SEGUNDA:
Iniciación
y jornada de trabajo:
El
trabajador (quien en este caso es el señor Fredy Fernando Caro Pulido) iniciará
labores a partir del día 08 de
septiembre del 2014, con una jornada laboral ordinaria de 08 horas
diarias, la cual será de la siguiente manera: 07:00 am- 12:00 pm y de 14:00
pm-17:00 pm, teniendo derecho a 2 horas de descanso para actividades de
alimentación (12:00pm-14:00pm), y quien además tiene el beneficio de llegar 15
minutos por tardar a su lugar de trabajo.
TERCERA:
Funciones:
El empleador contrata al trabajador Fredy Fernando
Caro Pulido para desempeñarse como COODINADOR DE VENTAS, ejecutando labores
como: planear estrategias para su equipo, Preparar los Pronósticos de Ventas,
Preparar los Pronósticos de Gastos, Buscar y elegir otros Canales de
Distribución y Venta Investigar, sugerir y elaborar Planes Promocionales:
Regalos, Ofertas, Canjes, Descuentos, Bonificaciones, etc. Capacitarse y buscar
asesoramiento en tareas específicas, Analizar y organizar los tiempos y
movimientos de las rutas y zonas de venta Analizar o estudiar y obtener las
rutas de venta convenientes y asignar el número exacto de vendedores, Crear
programas de capacitación y adoctrinamiento para toda la fuerza de ventas.
CUARTA:
Salario:
El trabajador devengará un
salario mensual de un millón de pesos moneda corriente ($1.000.000), pagaderos
en el lugar de trabajo, manejando dos cortes de pago: a) el día 15 de cada mes
y b) el día 30 de cada mes. El trabajo suplementario o en horas extras, así
como el trabajo en domingo o festivo que correspondan a descanso, al igual que
los nocturnos, será remunerado conforme al código laboral. Es de advertir que
dicho trabajo debe ser autorizado u ordenado por el empleador (JOHANA POVEDA
PERIILA) para efectos de su reconocimiento.
QUINTA:
Obligaciones del contrato:
El señor Fredy Fernando Caro Pulido por su parte,
prestará su fuerza laboral con fidelidad y entrega, cumpliendo debidamente el reglamento
interno de trabajo comprometiéndose a cumplir las políticas, programas y demás
actividades propuestas por el ente económico, al igual, que las órdenes que le imparta el empleador
(JOHANA POVEDA PERILLA) o sus representantes, el cual no laborar por cuenta
propia o a otro empleador en el mismo oficio, mientras esté vigente este
contrato. Es decir, que firma una cláusula de exclusividad con la empresa
Distri- muebles la Rioja S.A.
SEXTA:
Término del contrato:
El
presente contrato tendrá un término de duración de 1 AÑO, pero podrá darse por
terminado por cualquiera de las partes, cumpliendo con las exigencias
legales al respecto.
SEPTIMA:
Justas causas para despedir:
Se dará
terminación al contrato actual cuando el trabajador Fredy Fernando caro pulido
cometa alguna de las siguientes faltas:
1. Cuando presente certificados falsos con el fin de
asegurar el puesto.
2. Cuando agreda de forma verbal y amenace con un arma
blanca u otro tipo de arma a uno de sus compañeros, jefe inmediato o cualquier
otro personal que labore para Distri-Muebles La Rioja SA
3. Cuando actúe con negligencia y ponga en peligro la
seguridad de las personas o de las cosas.
4. Sacar material, materias primas, productos del interior
de las instalaciones de Distri-muebles la Rioja SA, sin previa autorización de
su jefe inmediato o representante legal .
5. Incumplir o violar las políticas y programas que maneja
Distri-muebles la rioja S.A.
6. Cuando el trabajador
revele los secretos que maneje Distri-muebles la rioja SA, y esta se pueda ver
afectada por su divulgamiento.
7. Cuando el
trabajador falte sin causa justificada.
Se firma por las partes, el día 07 del mes 09
de 2014
C.C. No. 1.121.855.634 Villavicencio - Meta
EMPLEADOR
C. No. 21.175.830 de Sogamoso
TRABAJADOR
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